Cómo se calcula
La retención no es un porcentaje fijo por tramo de sueldo: se calcula con tu situación completa. Esta herramienta reproduce el algoritmo oficial de la Agencia Tributaria para 2026 (el mismo que usan los programas de nóminas), en tres pasos:
La reducción por rendimientos del trabajo es de 7.302 € si tu rendimiento neto no pasa de 14.852 € y baja progresivamente hasta desaparecer a partir de 19.747,50 €. El mínimo personal y familiar (5.550 € de base, más hijos, mayores a cargo y discapacidad) no tributa: por eso se calcula la escala sobre él y se resta.
Hay dos protecciones para sueldos bajos: si no superas el límite de tu situación (por ejemplo, 15.876 € sin hijos) no se retiene nada, y si estás cerca, la cuota no puede superar el 43 % de lo que excedas de ese límite.
Retención no es impuesto final. Es un adelanto. En la declaración de la renta se aplica la escala estatal y la de tu comunidad, más deducciones, y sale la cuota real.
Ejemplo práctico
Javier cobra 24.000 € brutos con contrato indefinido, está casado con su pareja que no tiene ingresos (situación 2) y tiene un hijo de 2 años que computa por entero.
- Cotizaciones: 1.560 €. Rendimiento neto: 22.440 € → no hay reducción por rendimientos (supera 19.747,50 €).
- Base: 22.440 − 2.000 = 20.440 €. Escala: 4.225,50 + 240 × 30 % = 4.297,50 €.
- Mínimo: 5.550 + 2.400 (hijo) + 2.800 (menor de 3) = 10.750 €. Escala: 2.042,50 €.
- Cuota: 2.255 € → tipo del 9,39 %.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir que me retengan más?
Sí. Puedes solicitar por escrito a tu empresa un tipo superior al que te corresponde (art. 88.5 del Reglamento del IRPF). Es útil si sabes que vas a salir a pagar en la renta, por ejemplo porque tienes dos pagadores.
¿Por qué me han subido la retención a mitad de año?
Cuando cambian tus datos (una subida de sueldo, un cambio familiar o el fin de un contrato temporal) la empresa regulariza el tipo para que lo retenido al final del año cuadre con lo que corresponde. A veces eso concentra la diferencia en los meses que faltan.
¿Qué es el tipo marginal?
Es el porcentaje que se aplica al último euro de tu base. Te sirve para saber cuánto tributará un ingreso adicional, como una subida. El tipo de retención, en cambio, es la media de todo lo que pagas.
¿Y si tengo dos pagadores?
Cada empresa calcula tu retención como si fuera la única, así que el total retenido suele quedarse corto. Es frecuente salir a pagar en la renta. Si es tu caso, valora pedir un tipo de retención más alto.
¿Vale para País Vasco y Navarra?
No. Tienen normativa foral propia con tablas de retención distintas. Esta calculadora aplica el algoritmo del territorio común.
Datos que usa esta calculadora
Revisados el 7 de octubre de 2026. Si cambia la normativa, actualizamos las cifras y esta fecha.
| Dato | Valor 2026 | Norma |
|---|---|---|
| Escala de retención | 19 % · 24 % · 30 % · 37 % · 45 % · 47 % | Art. 101 LIRPF |
| Otros gastos deducibles | 2.000 € (+2.000 € por movilidad geográfica) | Art. 19 LIRPF |
| Reducción por rendimientos del trabajo | Hasta 7.302 € si el rendimiento neto no supera 14.852 € | Art. 20 LIRPF |
| Mínimo personal | 5.550 € (+1.150 € desde 65 años, +1.400 € desde 75) | Art. 57 LIRPF |
| Mínimo por descendientes | 2.400 € · 2.700 € · 4.000 € · 4.500 € (+2.800 € si es menor de 3) | Art. 58 LIRPF |
| Límite sin retención (soltero, sin hijos) | 15.876 € | Art. 81 RIRPF (RD 142/2024) |
| Tipo mínimo en contratos de menos de un año | 2 % | Art. 86 RIRPF |
| Límite del 43 % | Para retribuciones de hasta 35.200 € | Art. 85.3 RIRPF |
| Deducción por rendimientos del trabajo (renta 2026) | Hasta 590,89 €; desaparece en 20.048,45 € | RDL 5/2026 |
Fuentes
Aviso
El resultado es orientativo y puede variar según la situación personal, contractual y fiscal. Esta herramienta no constituye asesoramiento fiscal, laboral o financiero. No es un cálculo oficial: para cifras definitivas consulta tu nómina, tu convenio o el organismo competente.